Emiliano Hernandez Camargo

INEVAP Y CEDH. El gran desafío de la autonomía constitucional

El 12 de marzo de 2024, en una reunión de trabajo en la Sala de Juntas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) que preside la Dra. Karla Obregón Avelar, el Instituto de Evaluación de Políticas Públicas del Estado de Durango (INEVAP) le entregó la Evaluación que valora la gestión del proceso Jurisdiccional de Que y la promoción de los Derechos Humanos.

El Eje central de la reunión fue la Formalización de los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM). Diez observaciones y recomendaciones que surgieron de la evaluación, que con rigor técnico-metodológico explicó nuestro Coordinador de Investigación y Proyectos Especiales, Mtro. Rafael Rodríguez Vázquez. En el acto se estableció el compromiso de atenderlas en tiempo y forma, y de darle seguimiento de manera conjunta por uno de los operadores del proceso y el Coordinador del INEVAP, C.P. Omar Ravelo Rivera.

Por mi parte expresé mi reconocimiento por los esfuerzos que realiza la CDEH en la implementación de una agenda de mejora continua, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de Desarrollo 2022-2027 y la observancia de sus ejes rectores y de la legislación que fija su quehacer institucional. Así mismo recalqué  la atención a las líneas de acción consideradas en el Convenio de Colaboración que en 2022 signaron INEVAP y la CEDH.

En el marco de los aspectos técnicos que abordamos en la reunión de trabajo, dado el nexo que he mantenido con la Dra. Karla Obregón Avelar, en algunos tramos de nuestro ejercicio profesional en los espacios jurídicos, académicos y legislativos, reconocí el apoyo que nos brindó desde el Centro de Investigaciones y Estudios Legislativos del Congreso del Estado, en la estructuración de la iniciativa que presentó el INEVAP, de Ley de Evaluación de Políticas Públicas del Estado de Durango (LEPPD), que aprobó la LXIX Legislatura en 2022. Subrayé que la legislación secundaria estaba considerada como uno de los objetivos de la Reforma del Estado que impulso el gobernador del Estado Jorge Herrera Caldera con la iniciativa de Ley para la Reforma del Estado de Durango que presentó, el 14 de diciembre de 2011, a la LXV Legislatura del Congreso del Estado, que presidía el Dip. Profesor Adrián Valles Martínez, que dio como gran logro la aprobación – por el Constituyente Permanente – el 29 de agosto de 2013, de una nueva Constitución de Durango. La del siglo XXI, que resultó de la reforma integral a la de 1917 (la del siglo XX).

Con esas referencias histórica y legislativa señalé que la CEDH y el INEVAP comparten la figura jurídica de órgano constitucional autónomo que se plasmó en el Titulo Quinto y que en el artículo 130 se precisan su personalidad jurídica, autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones. Así mismo comenté que en México hay quienes cuestionan la pertinencia de los Órganos Constitucionales Autónomos, (OCA) en la función pública.

En ese contexto me referí a dos de los grandes objetivos de la Reforma del Estado: el Constitucional y Legal y el Institucional y a los cinco contenidos innovadores y trascendentes de la Constitución de 2013, subrayando que la Reforma del Estado planteó el rediseño y modernización de las instituciones públicas del Estado de Durango. Por ello resalté que la mencionada LEPPED de 2022 – que abrogó la de 2014 – por ser reglamentaria y orgánica consolida la base constitucional que se otorgó al INEVAP en 2013 y abre camino por fortalecer sus capacidades institucionales y el cumplimiento pleno del encargo, facultades y atribuciones que le otorga nuestra Carta Política de 2013. Gran compromiso de la comunidad es su institucionalización eficaz para avanzar de la Constitución y la Ley institucionalizada y para que se quede en letra muerta a la realidad. Son tiempos en que cuando no hay resultados evidentes se cuestionan credibilidad, confianza ciudadana y legitimidad.

La Reforma del estado de Durango y la reforma integral a la Constitución es un hecho histórico trascendente en el constitucionalismo de la República.

En cuanto a los contenidos innovadores y trascendentes de la Constitución de 2013 el INEVAP y la CEDH tienen una responsabilidad institucional superior y convergente. El Título primero es de los DERECHOS HUMANOS – un catálogo de 26 de primera, segunda y tercera generación –, el Titulo segundo, Del DESARROLLO ECONÓMICO COMPETITIVO Y SUSTENTABLE – incluye el sistema de Planeación del Desarrollo del Estado, objetivos, políticas públicas y el papel que le corresponde al INEVAP en el seguimiento de los objetivos y metas de los instrumentos de planeación –; El Titulo quinto de los ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS – considera la consolidación de los existentes y la creación de dos nuevos; el Instituto de Evaluación de Políticas Publicas del Estado de Durango y la Comisión Estatal Anticorrupción – se puntualizó que contribuyen a lograr una mayor horizontalidad en el ejercicio de la función pública. El Titulo séptimo considera los SISTEMAS DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS.

Teniendo como eje cardinal estas materias constitucionales, la CEDH y el INEVAP configuran una alianza colaborativa estratégica para fortalecer la figura de los órganos autónomos e institucionalizar la promoción e institucionalización de evaluación de Programas y Políticas Públicas desde luego sumar voluntades y capacidades por el respeto a los Derechos Humanos y la cultura de la legalidad y vigencia del Estado de Durango.

En el dialogo que siguió sobre el debate sobre los Órganos Constitucionales Autónomos, además de las posiciones que expresamos Karla y yo participaron algunos funcionarios de las comunidades del INEVAP y de la CEDH. El punto de partida fue el debate que se desató desde la presidencia de la República cuestionando la pertinencia de algunos de los que vienen funcionando desde años atrás. Yo les comenté que en el Congreso del Estado hemos encontrado importantes pronunciamientos favorables y algunas voces que hacen eco a los cuestionamientos que vienen de arriba. En cuanto a los diputados que están convencidos de la figura jurídica de los OCA como parte del Poder público, mencioné al Dip. Luis Enrique Benítez Ojeda, que en las Legislaturas LXV y LXIX ha expresado con firmeza su convicción.

En mi reciente comparecencia ante el Pleno del Congreso en que presenté el Informe de Actividades 2023 del INEVAP, me pregunto ¿Qué deben hacer para fortalecer a los órganos autónomos en Durango, quienes tienen a su cargo el funcionamiento eficaz de estas instituciones?

Mi primera respuesta fue debemos trabajar para que cumplan con eficacia las funciones que les señala la legislación y lograr la confianza ciudadana. En el caso del INEVAP puse el acento en el proceso de institucionalización que en nuestro caso avanza de la promoción de la cultura de la evaluación. En la ceremonia del Décimo Aniversario del INEVAP, en que contamos con el aval de dos organismo de prestigio y credibilidad, CONEVAL e INEGI, adoptamos como tema legítimo “INEVAP significa Evaluación autónoma e institucionalizada”. Aspiramos a lograr el reconocimiento y la credibilidad ciudadana que tienen estas dos grandes instituciones con quienes compartimos la autonomía.

En el Dialogo participaron directivos de las comunidades del INEVAP y de la CEDH. Entre estos los Consejeros Isaura Martos González y Antonio Vázquez Sandoval. Por la CEDH, Alberto de la Rosa Olvera, Karina Aguirre García, Carlos Villalobos y Raúl Solana Cárdenas.

El Instituto de Evaluación de Políticas Públicas del Estado de Durango (INEVAP) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), comparten en la Constitución Política del Estado de Durango de 2013, el artículo 130 del Título Quinto se precisa su naturaleza jurídica. Gozan de un estatus de autonomía e independencia en el ejercicio de sus facultades constitucionales; las que son de carácter especializado, distintas y separadas de las que realizan los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Define a ambas instituciones públicas como órganos constitucionales autónomos, dotados de autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de gestión en el ejercicio de sus facultades. La CEDH es el decano de los órganos constitucionales autónomos duranguenses, constituido como tal el 13 de septiembre de 1999. El INEVAP es el más joven, se creó en 2013 en la Constitución del Siglo XXI.

La reforma del estado de 2013, sin embargo, representa un parteaguas en el proceso de consolidación de los OCA, al crearse en nuestra carta magna un apartado especial – denominado título quinto – que establece cuáles son, cómo se integran y cuáles son las funciones especializadas que realizan las instituciones con autonomía constitucional del estado de Durango.

Con la reforma de la constitución de 2013 surge el INEVAP, como organismo autónomo especializado en evaluar el ejercicio de los recursos públicos en el estado y las políticas públicas, a cargo de los poderes y gobiernos, estatal y municipales.

En materia de derechos humanos, la aportación de la reforma del estado de 2013 representa un antes y un después en nuestra norma suprema estatal: con un amplio catálogo de derechos de primera, segunda y tercera generación y la atención a grupos sociales en situación de vulnerabilidad.

Un proceso de institucionalización de la cultura de respeto y protección de los derechos humanos, que en los años recientes se fortalecer y consolida con el reconocimiento del derecho humano a la paz y a vivir en un ambiente libre de corrupción. Estos dos órganos autónomos han demostrado su efectividad en el servicio que están prestado a los ciudadanos, logrando construir un estado de derecho y de instituciones fuertes que forjan un Durango más justo.

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